Morelia, Michoacán (OEM Infomex).- La conmemoración del Día Internacional del Trabajo convoca a miles de personas a marchar en este 1 de mayo para exigir mejores condiciones laborales.
Este 1 de mayo se cumplen 137 años de la lucha del movimiento de Chicago, donde miembros fueron reprimidos por pedir una jornada laboral máxima de ocho horas, y que hoy es una realidad en la mayor parte del mundo.
Es por ello que esta fecha es un día festivo oficial, lo que significa que es un descanso obligatorio y que está estipulado en la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Sin embargo, hay trabajadores que tienen que laborar hoy pese a ser un descanso obligatorio. Si trabajas en este día, es importante tener en cuenta cómo aplica la LFT sobre el pago del salario.
En el artículo 75 de la Ley indica sobre cómo se debe pagar a los trabajadores que presten sus servicios en sus días de descanso.
“Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”, dice el artículo 75.
Así que el patrón deberá pagar al trabajador independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.
Es decir, el trabajador que realice actividades remuneradas en un día que es obligatorio por Ley, le corresponderá el salario diario normal más el doble, según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
Por ejemplo, si un trabajador gana un salario diario de ordinario de $300 pesos, al trabajar en este día, deberán pagar de forma adicional a un monto doble, que es $600 pesos, y el total queda en $900 pesos.
¿Qué hacer si no me pagan extra del 1 de mayo?
Cada empresa tiene reglas y políticas, por lo que hay lugares en donde si no se recibe un pago extra se llega a un acuerdo como un día de descanso más.
Si no se tiene ese beneficio, y no se recibe el pago extra, se puede meter una queja ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Puedes comunicarte a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), vía telefonía 800 911 78 77 y 800 717 29 42 o vía correo al orientacionprofedet@stps.gob.mx.