/ lunes 7 de junio de 2021

Juez concede otra suspensión definitiva contra Ley de Hidrocarburos

El Juez especializado Juan Pablo Gómez Fierro informó que la medida cautelar tiene efectos generales con lo que se protege a todas las empresas del sector

El Juzgado Segundo de Distrito en materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, concedió a la empresa Process Fuel suspensión definitiva contra las reformas al artículo 13 transitorio de la Ley de Hidrocarburos con las que se elimina la regulación asimétrica para Petróleos Mexicanos (Pemex).

Juan Pablo Gómez Fierro, juez especializado informó que la medida cautelar tiene efectos generales con lo que se protege a todas las empresas del sector y no solo a la compañía que promovió el juicio de amparo.

En los estrados del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), el juez público que con la eliminación repentina de la regulación asimétrica, “se corre el riesgo de que las empresas productivas del Estado puedan establecer precios discriminatorios, incluso en los mercados en los que aún tienen poder dominante; lo que podría afectar la libre competencia en todo el sector, con el correspondiente impacto negativo para los consumidores finales”.

Es decir, afirma el juez, postergar la ejecución de las normas reclamadas no provocaría que la sociedad perdiera un beneficio o que se le produjera un daño, por el contrario, se vería beneficiada con la paralización de normas que alteran las condiciones jurídicas que permiten el desarrollo de un sector en condiciones de competencia y libre concurrencia.

En mayo pasado, el juez Fierro desechó por extemporáneo un recurso de queja de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) contra la suspensión provisional a la Ley de Hidrocarburos.

También pidió a la Secretaría de Energía informar a la población en general que están suspendidos todos los efectos y consecuencias derivados de los artículos 57, cuarto y sexto transitorios, del decreto del 4 de mayo por el que se reforma la Ley de Hidrocarburos.

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Uno de los argumentos del juez, que, con la eliminación de la regulación asimétrica, el Poder Legislativo podría estar actuando fuera de los límites de las facultades que la ley le otorga, porque es un tema que compete a la Comisión Reguladora de Energía (CRE), único órgano especializado en el tema.

Añade que con la eliminación del artículo 13 Transitorio de la Ley de Hidrocarburos, el legislador ordinario está dando por hecho que se ha logrado una mayor participación de agentes económicos que propicien el desarrollo eficiente y competitivo de los mercados.



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El Juzgado Segundo de Distrito en materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, concedió a la empresa Process Fuel suspensión definitiva contra las reformas al artículo 13 transitorio de la Ley de Hidrocarburos con las que se elimina la regulación asimétrica para Petróleos Mexicanos (Pemex).

Juan Pablo Gómez Fierro, juez especializado informó que la medida cautelar tiene efectos generales con lo que se protege a todas las empresas del sector y no solo a la compañía que promovió el juicio de amparo.

En los estrados del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), el juez público que con la eliminación repentina de la regulación asimétrica, “se corre el riesgo de que las empresas productivas del Estado puedan establecer precios discriminatorios, incluso en los mercados en los que aún tienen poder dominante; lo que podría afectar la libre competencia en todo el sector, con el correspondiente impacto negativo para los consumidores finales”.

Es decir, afirma el juez, postergar la ejecución de las normas reclamadas no provocaría que la sociedad perdiera un beneficio o que se le produjera un daño, por el contrario, se vería beneficiada con la paralización de normas que alteran las condiciones jurídicas que permiten el desarrollo de un sector en condiciones de competencia y libre concurrencia.

En mayo pasado, el juez Fierro desechó por extemporáneo un recurso de queja de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) contra la suspensión provisional a la Ley de Hidrocarburos.

También pidió a la Secretaría de Energía informar a la población en general que están suspendidos todos los efectos y consecuencias derivados de los artículos 57, cuarto y sexto transitorios, del decreto del 4 de mayo por el que se reforma la Ley de Hidrocarburos.

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Uno de los argumentos del juez, que, con la eliminación de la regulación asimétrica, el Poder Legislativo podría estar actuando fuera de los límites de las facultades que la ley le otorga, porque es un tema que compete a la Comisión Reguladora de Energía (CRE), único órgano especializado en el tema.

Añade que con la eliminación del artículo 13 Transitorio de la Ley de Hidrocarburos, el legislador ordinario está dando por hecho que se ha logrado una mayor participación de agentes económicos que propicien el desarrollo eficiente y competitivo de los mercados.



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