/ jueves 21 de enero de 2021

Tribunal Electoral rechaza denuncia de diputada al Congreso

Zenaida Salvador argumentó violación a sus derechos como legisladora y mujer al ser silenciada en medio de una sesión plenaria

Morelia, Michoacán-(OEM-Infomex).-El pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) declaró infunda la denuncia presentada por la diputada de Morena, Zenaida Salvador Brígido, contra el presidente e integrantes de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, por una presunta violación al ejercicio de su derecho político-electoral, en la vertiente del desempeño del cargo.

El pasado 26 de noviembre, la diputada presentó un Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, acusando que en sesión del 16 de noviembre de 2020, se cometió la posible violación a su derecho porque "no se le citó correctamente a la sesión, no se le proporcionó el asunto a tratar con las 24 horas mínimas que prevé la Ley Orgánica".

Además, acusó que al solicitar el uso de la voz se le interrumpió y se le negó, por lo que sus intentos de participación no quedaron manifestados en el acta de la sesión correspondiente a ese día.

En la relatoría de hechos, señala una violencia política en razón de género al habérsele bloqueado el micrófono de la plataforma virtual para impedir su libre expresión en la sesión, "el comportamiento déspota y prepotente de los integrantes de la mesa Directiva, y que los diputados de la Mesa Directiva actuaron con autoritarismo tratándose de diputados de Morena", recalca.

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Sin embargo, al hacer un análisis de las pruebas del expediente, la magistrada ponente y presidenta del TEEM, Yurisha Andrade Morales, desechó los argumentos de la legisladora al asegurar que se carecía "de competencia material para conocer y resolver respecto de la ilegalidad de la convocatoria a la sesión, por tratarse de un acto propio del Congreso del Estado".

Foto: Adid Jiménez | El Sol de Morelia

Apuntó que la diputada “asistió a la sesión extraordinaria virtual del 19 de noviembre del año pasado, participó en ella, emitió su voto y recibió la información necesaria, en los términos de la Ley Orgánica y de Procedimientos del Congreso, lo que no permite tener por acreditada la violación al derecho político-electoral”.

Con ello, se dejó sin efectos las medidas cautelares dictadas mediante acuerdo, el pasado 01 de diciembre, las cuales ordenaban a los integrantes de la Mesa Directiva del Congreso abstenerse de realizar cualquier conducta dirigida a menoscabar las funciones de la diputada, propiciar un ambiente de respeto y no discriminación para la diputada, garantizar en todo momento el respeto a la normativa de las sesiones y el pleno ejercicio del cargo de la diputada.

Morelia, Michoacán-(OEM-Infomex).-El pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) declaró infunda la denuncia presentada por la diputada de Morena, Zenaida Salvador Brígido, contra el presidente e integrantes de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, por una presunta violación al ejercicio de su derecho político-electoral, en la vertiente del desempeño del cargo.

El pasado 26 de noviembre, la diputada presentó un Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, acusando que en sesión del 16 de noviembre de 2020, se cometió la posible violación a su derecho porque "no se le citó correctamente a la sesión, no se le proporcionó el asunto a tratar con las 24 horas mínimas que prevé la Ley Orgánica".

Además, acusó que al solicitar el uso de la voz se le interrumpió y se le negó, por lo que sus intentos de participación no quedaron manifestados en el acta de la sesión correspondiente a ese día.

En la relatoría de hechos, señala una violencia política en razón de género al habérsele bloqueado el micrófono de la plataforma virtual para impedir su libre expresión en la sesión, "el comportamiento déspota y prepotente de los integrantes de la mesa Directiva, y que los diputados de la Mesa Directiva actuaron con autoritarismo tratándose de diputados de Morena", recalca.

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Sin embargo, al hacer un análisis de las pruebas del expediente, la magistrada ponente y presidenta del TEEM, Yurisha Andrade Morales, desechó los argumentos de la legisladora al asegurar que se carecía "de competencia material para conocer y resolver respecto de la ilegalidad de la convocatoria a la sesión, por tratarse de un acto propio del Congreso del Estado".

Foto: Adid Jiménez | El Sol de Morelia

Apuntó que la diputada “asistió a la sesión extraordinaria virtual del 19 de noviembre del año pasado, participó en ella, emitió su voto y recibió la información necesaria, en los términos de la Ley Orgánica y de Procedimientos del Congreso, lo que no permite tener por acreditada la violación al derecho político-electoral”.

Con ello, se dejó sin efectos las medidas cautelares dictadas mediante acuerdo, el pasado 01 de diciembre, las cuales ordenaban a los integrantes de la Mesa Directiva del Congreso abstenerse de realizar cualquier conducta dirigida a menoscabar las funciones de la diputada, propiciar un ambiente de respeto y no discriminación para la diputada, garantizar en todo momento el respeto a la normativa de las sesiones y el pleno ejercicio del cargo de la diputada.

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