/ jueves 5 de octubre de 2023

Tribunal Electoral declara inexistente promoción personalizada de funcionarios estatales

Por unanimidad, no se acreditó la promoción personalizada y el uso indebido de recursos públicos

Morelia, Michoacán.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) declaró inexistente las infracciones contra Morena y funcionarios estatales por la presunta promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y rendición de informe de labores fuera de tiempo.

La decisión de declarar inexistente las infracciones fue por unanimidad por los magistrados, Yurisha Andrade Morales, Alma Rosa Bahena Villalobos, Yolanda Camacho Ochoa y Salvador Alejandro Pérez Contreras.

Luego del análisis de dicho proyecto, realizado por la magistrada Camacho Ochoa, no se acreditó la promoción personalizada, de acuerdo al criterio jurisprudencial de Sala Superior.

Solamente se tiene acreditada la utilización de recursos públicos, en el evento denominado Sexto Foro Juntos Reconstruimos Michoacán, y de acuerdo a las constancias que dice el expediente, el dinero erogado fue para la realización del evento y no para la difusión.

También se declaró inexistente las infracciones atribuidas al presidente municipal de Pátzcuaro, Julio Alberto Arreola Vázquez, consistentes en promoción personalizada de servidores públicos, uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de precampaña y campaña.

El magistrado Pérez Contreras realizó el Proyecto de Sentencia, en la que señala la existencia de la infracción imputada consistente en la difusión del segundo informe de labores, fuera del ámbito geográfico.

Por tanto, el TEEM amonestó públicamente a la empresa Naranti México, S.A. de C.V. y dar vista al Congreso del Estado y a la Contaduría Municipal del Ayuntamiento de Pátzcuaro.

Morelia, Michoacán.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) declaró inexistente las infracciones contra Morena y funcionarios estatales por la presunta promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y rendición de informe de labores fuera de tiempo.

La decisión de declarar inexistente las infracciones fue por unanimidad por los magistrados, Yurisha Andrade Morales, Alma Rosa Bahena Villalobos, Yolanda Camacho Ochoa y Salvador Alejandro Pérez Contreras.

Luego del análisis de dicho proyecto, realizado por la magistrada Camacho Ochoa, no se acreditó la promoción personalizada, de acuerdo al criterio jurisprudencial de Sala Superior.

Solamente se tiene acreditada la utilización de recursos públicos, en el evento denominado Sexto Foro Juntos Reconstruimos Michoacán, y de acuerdo a las constancias que dice el expediente, el dinero erogado fue para la realización del evento y no para la difusión.

También se declaró inexistente las infracciones atribuidas al presidente municipal de Pátzcuaro, Julio Alberto Arreola Vázquez, consistentes en promoción personalizada de servidores públicos, uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de precampaña y campaña.

El magistrado Pérez Contreras realizó el Proyecto de Sentencia, en la que señala la existencia de la infracción imputada consistente en la difusión del segundo informe de labores, fuera del ámbito geográfico.

Por tanto, el TEEM amonestó públicamente a la empresa Naranti México, S.A. de C.V. y dar vista al Congreso del Estado y a la Contaduría Municipal del Ayuntamiento de Pátzcuaro.

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