/ martes 22 de noviembre de 2022

Importante respetar y preservar los nombres indígenas a través de la cultura

El congreso analiza reformas a la Ley Orgánica del Registro Civil por el derecho de las personas a tener nombres indígenas

Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- En purépecha, Erendirani significa alegre. Justo como Faustina quería llama a su hija al considerar que era un nombre que iba perfecto con la pequeña a la que vislumbraba como una risueña niña.

Sin embargo, al acudir al Registro Civil, lo que pareció “un error” hizo que la pequeña terminara llamándose Erandi.

“No es que no me guste, lo que no me parece es que no se haya respetado mi intención de que el nombre fuera Erandirani”, explicó la madre, quien rechaza entablar algún juicio para modificar el nombre de la pequeña, ahora de cuatro años.

“Ya entró al jardín de niños y sus amiguitos y maestros la identifican como Erandi, así que ya mejor que se quede así”, señala.

Adid Jiménez | El Sol de Morelia

Actualmente, en el Congreso del Estado se analizan reformas a la Ley Orgánica del Registro Civil que buscan asentar en sus artículos el respeto a la gramática de la lengua originaria y el derecho de las personas a tener nombres indígenas.

Fue la diputada por el distrito de Puruándiro, Julieta Gallardo, quien presentó ante el pleno legislativo la mencionada propuesta de reforma para garantizar que, en el registro de nombres en lengua indígena, los servidores públicos deban sujetarse al alfabeto y caracteres propios de éstas.

Sin embargo, a decir del titular del Registro Civil del estado, Juan Carlos Castro Mendoza estos cambios a la ley podrían no ser necesarios pues afirmó que existen los mecanismos para garantizar el respeto a los nombres que se quieran imponer y la forma en cómo estos deban quedar asentados.

“Existe toda la inclusión para las comunidades y para todo tipo de personas que se acerquen, el Registro Civil tiene la obligación de asentar nombres en purépecha, otomí o cualquier otra lengua”, afirmó el funcionario.

Carmen Hernández | El Sol de Morelia

La exposición de motivos

La diputada expuso que no basta con las disposiciones que se aplican en lo práctico, sino que es necesario dejar asentado en la ley la disposición.

“Existen diversos ordenamientos legales que garantizan y protegen los derechos humanos; particularmente tratándose de personas integrantes de los pueblos y comunidades indígenas, el nombre adquiere otro matiz porque tienen el derecho fundamental de atribuir nombres a sus comunidades, lugares y personas, así como mantener y defender esos nombres”.

Julieta Gallardo subrayó que, en un mundo occidentalizado, los pueblos indígenas tienen derecho a revitalizar, utilizar, fomentar y transmitir a las generaciones futuras sus historias, idiomas, tradiciones orales, filosofías, sistemas de escritura y literaturas, tienen derecho a tener, si así lo desean, un nombre que las identifique en la lengua indígena de la comunidad a la que pertenecen.

Archivo | El Sol de Morelia

“El derecho de tener un nombre indígena implica, por otra parte, el deber del Estado de respetar y garantizar ese derecho en sus términos; las personas tienen el derecho a tener un nombre en lengua que respete la gramática de la lengua, porque al respetar la gramática se respeta el sentido semántico y espiritual del nombre”, señaló

Registro Civil respeta nombres en lenguas originarias

El director del Registro Civil, Juan Carlos Castro afirmó que no existen problemas de ese tipo, pues los trabajadores tienen la instrucción de escribir en cada acta tal como lo pidan los tutores, quienes además son los únicos que autorizan el documento final.

En entrevista, el funcionario dijo desconocer la propuesta de la legisladora y por lo pronto acató que no existe ninguna restricción en los registros, ni en el nombre ni en la gramática. “Hay muchas personas que tienen su nombre y apellido en purépecha y lo registraron sin problema alguno; será cuestión de revisar cuál es la exposición de motivos de la iniciativa para ver hacia qué va dirigido, porque la verdad es que no existe limitación alguna”.

Adid Jiménez | El Sol de Morelia

Juan Carlos Castro Mendoza explicó que, al momento de registrar a un menor, los padres reciben unos formatos donde escriben el nombre o nombres que desean y posteriormente revisan que se haya escrito bien. Por ello, no hay margen a errores gramaticales y mucho menos alguna negativa para que se le llame como los tutores deseen.

“Existe toda la inclusión para las comunidades y para todo tipo de personas que se acerquen, el Registro Civil tiene la obligación de asentar nombres en purépecha, otomí o cualquier otra lengua”.

Foto: Cortesía

Los nombres más comunes en purépecha

Cabe hacer mención que, dada nuestra cultura, es común recurrir a nombres de origen indígena para el registro de recién nacidos.

Entre los más comunes se encuentran: Aameni, Atzimba, Auánda, Ireri, Itzigueri, Itzuri, Janikua, Parhi, Tarianrani, Tinskani, Tsipekua, Xarhini, Andárani, Atachi e Irepan, entre otros.

Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- En purépecha, Erendirani significa alegre. Justo como Faustina quería llama a su hija al considerar que era un nombre que iba perfecto con la pequeña a la que vislumbraba como una risueña niña.

Sin embargo, al acudir al Registro Civil, lo que pareció “un error” hizo que la pequeña terminara llamándose Erandi.

“No es que no me guste, lo que no me parece es que no se haya respetado mi intención de que el nombre fuera Erandirani”, explicó la madre, quien rechaza entablar algún juicio para modificar el nombre de la pequeña, ahora de cuatro años.

“Ya entró al jardín de niños y sus amiguitos y maestros la identifican como Erandi, así que ya mejor que se quede así”, señala.

Adid Jiménez | El Sol de Morelia

Actualmente, en el Congreso del Estado se analizan reformas a la Ley Orgánica del Registro Civil que buscan asentar en sus artículos el respeto a la gramática de la lengua originaria y el derecho de las personas a tener nombres indígenas.

Fue la diputada por el distrito de Puruándiro, Julieta Gallardo, quien presentó ante el pleno legislativo la mencionada propuesta de reforma para garantizar que, en el registro de nombres en lengua indígena, los servidores públicos deban sujetarse al alfabeto y caracteres propios de éstas.

Sin embargo, a decir del titular del Registro Civil del estado, Juan Carlos Castro Mendoza estos cambios a la ley podrían no ser necesarios pues afirmó que existen los mecanismos para garantizar el respeto a los nombres que se quieran imponer y la forma en cómo estos deban quedar asentados.

“Existe toda la inclusión para las comunidades y para todo tipo de personas que se acerquen, el Registro Civil tiene la obligación de asentar nombres en purépecha, otomí o cualquier otra lengua”, afirmó el funcionario.

Carmen Hernández | El Sol de Morelia

La exposición de motivos

La diputada expuso que no basta con las disposiciones que se aplican en lo práctico, sino que es necesario dejar asentado en la ley la disposición.

“Existen diversos ordenamientos legales que garantizan y protegen los derechos humanos; particularmente tratándose de personas integrantes de los pueblos y comunidades indígenas, el nombre adquiere otro matiz porque tienen el derecho fundamental de atribuir nombres a sus comunidades, lugares y personas, así como mantener y defender esos nombres”.

Julieta Gallardo subrayó que, en un mundo occidentalizado, los pueblos indígenas tienen derecho a revitalizar, utilizar, fomentar y transmitir a las generaciones futuras sus historias, idiomas, tradiciones orales, filosofías, sistemas de escritura y literaturas, tienen derecho a tener, si así lo desean, un nombre que las identifique en la lengua indígena de la comunidad a la que pertenecen.

Archivo | El Sol de Morelia

“El derecho de tener un nombre indígena implica, por otra parte, el deber del Estado de respetar y garantizar ese derecho en sus términos; las personas tienen el derecho a tener un nombre en lengua que respete la gramática de la lengua, porque al respetar la gramática se respeta el sentido semántico y espiritual del nombre”, señaló

Registro Civil respeta nombres en lenguas originarias

El director del Registro Civil, Juan Carlos Castro afirmó que no existen problemas de ese tipo, pues los trabajadores tienen la instrucción de escribir en cada acta tal como lo pidan los tutores, quienes además son los únicos que autorizan el documento final.

En entrevista, el funcionario dijo desconocer la propuesta de la legisladora y por lo pronto acató que no existe ninguna restricción en los registros, ni en el nombre ni en la gramática. “Hay muchas personas que tienen su nombre y apellido en purépecha y lo registraron sin problema alguno; será cuestión de revisar cuál es la exposición de motivos de la iniciativa para ver hacia qué va dirigido, porque la verdad es que no existe limitación alguna”.

Adid Jiménez | El Sol de Morelia

Juan Carlos Castro Mendoza explicó que, al momento de registrar a un menor, los padres reciben unos formatos donde escriben el nombre o nombres que desean y posteriormente revisan que se haya escrito bien. Por ello, no hay margen a errores gramaticales y mucho menos alguna negativa para que se le llame como los tutores deseen.

“Existe toda la inclusión para las comunidades y para todo tipo de personas que se acerquen, el Registro Civil tiene la obligación de asentar nombres en purépecha, otomí o cualquier otra lengua”.

Foto: Cortesía

Los nombres más comunes en purépecha

Cabe hacer mención que, dada nuestra cultura, es común recurrir a nombres de origen indígena para el registro de recién nacidos.

Entre los más comunes se encuentran: Aameni, Atzimba, Auánda, Ireri, Itzigueri, Itzuri, Janikua, Parhi, Tarianrani, Tinskani, Tsipekua, Xarhini, Andárani, Atachi e Irepan, entre otros.

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