/ lunes 30 de septiembre de 2019

Emite CNDH recomendación a Puebla, Guerrero, Campeche, SLP y Michoacán

Los centros penitenciarios mixtos no reúnen las adecuadas condiciones de habitabilidad

Por la inadecuada atención que reciben en los centros penitenciarios mixtos que albergan en condiciones de desigualdad, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió cinco recomendaciones a los gobernadores de los estados de Puebla, Guerrero, Campeche, San Luis Potosí y Michoacán, al constatar que los centros de reclusión mixtos no reúnen las adecuadas condiciones de habitabilidad.

El organismo nacional refiere que su infraestructura, organización y funcionamiento gira alrededor de las necesidades de los varones, lo que contraviene el artículo 18 Constitucional, referente a que las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los hombres.

Refiere que en visitas realizadas entre los meses de junio y agosto del presente año, de igual forma se observó la carencia de personal médico y de seguridad, alimentación especializada para las personas menores de edad que viven con ellas; así como deficiencias en infraestructura, falta de talleres, aulas, áreas médicas, comedores, cocinas, áreas deportivas, espacios adecuados para la atención de sus hijas e hijos, así como para llevar a cabo la visita conyugal; además de casi nula actividad cultural y recreativa.

De acuerdo con el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria de 2018, los centros penitenciarios mixtos obtuvieron una calificación de 5.98 en promedio a nivel nacional, en tanto que los femeniles alcanzaron 7.57, mientras que el estado de Campeche obtuvo calificación de 6.38; Guerrero, 5.17 y Puebla 6.05, todo ello en escala del 0 al 10, lo que generó también dichas visitas a esas entidades federativas, donde se realizaron entrevistas a personal penitenciario y mujeres privadas de su libertad.

Aquí, la CNDH observó que la situación actual propicia la transgresión de los derechos a la alimentación, seguridad, actividades laborales y educativas, entre otros, en razón de las precarias condiciones en los espacios destinados para ellas y sus hijas e hijos que ahí viven, situación que se ha hecho de manifiesto en informes especiales previos por la importancia que representa este tema.

El organismo autónomo, requiere en esta ocasión a las autoridades encargadas del sistema tomar las medidas necesarias para lograr la erradicación de estas situaciones observadas, considerando las necesidades de este grupo poblacional, en razón de su género, proporcionando atención especializada a través de centros penitenciarios exclusivos para mujeres.

Recomendó entre otros aspectos, a los gobernadores de los estados de Puebla, Guerrero, Campeche, San Luis Potosí y Michoacán, realizar acciones para que la entidad respectiva cuente por lo menos con un establecimiento específico para mujeres privadas de la libertad o, en su caso, asignar recursos presupuestales, materiales y humanos que permitan la organización y el funcionamiento independiente de estos centros, desde su titular, que deberá ser mujer, hasta el personal de las áreas jurídica, técnica, médica, administrativa, seguridad y custodia.

También infraestructura y equipamiento para que se garanticen condiciones de estancia digna y segura para ellas y para sus hijas e hijos, en su caso, ya que su atención es un punto sensible a atender, en virtud de la importancia que representa la atención al interés superior de la niñez, principio fundamental reconocido, tanto nacional, como internacionalmente, el cual debe privilegiarse en todo momento sin importar la condición de sus madres.

Por la inadecuada atención que reciben en los centros penitenciarios mixtos que albergan en condiciones de desigualdad, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió cinco recomendaciones a los gobernadores de los estados de Puebla, Guerrero, Campeche, San Luis Potosí y Michoacán, al constatar que los centros de reclusión mixtos no reúnen las adecuadas condiciones de habitabilidad.

El organismo nacional refiere que su infraestructura, organización y funcionamiento gira alrededor de las necesidades de los varones, lo que contraviene el artículo 18 Constitucional, referente a que las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los hombres.

Refiere que en visitas realizadas entre los meses de junio y agosto del presente año, de igual forma se observó la carencia de personal médico y de seguridad, alimentación especializada para las personas menores de edad que viven con ellas; así como deficiencias en infraestructura, falta de talleres, aulas, áreas médicas, comedores, cocinas, áreas deportivas, espacios adecuados para la atención de sus hijas e hijos, así como para llevar a cabo la visita conyugal; además de casi nula actividad cultural y recreativa.

De acuerdo con el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria de 2018, los centros penitenciarios mixtos obtuvieron una calificación de 5.98 en promedio a nivel nacional, en tanto que los femeniles alcanzaron 7.57, mientras que el estado de Campeche obtuvo calificación de 6.38; Guerrero, 5.17 y Puebla 6.05, todo ello en escala del 0 al 10, lo que generó también dichas visitas a esas entidades federativas, donde se realizaron entrevistas a personal penitenciario y mujeres privadas de su libertad.

Aquí, la CNDH observó que la situación actual propicia la transgresión de los derechos a la alimentación, seguridad, actividades laborales y educativas, entre otros, en razón de las precarias condiciones en los espacios destinados para ellas y sus hijas e hijos que ahí viven, situación que se ha hecho de manifiesto en informes especiales previos por la importancia que representa este tema.

El organismo autónomo, requiere en esta ocasión a las autoridades encargadas del sistema tomar las medidas necesarias para lograr la erradicación de estas situaciones observadas, considerando las necesidades de este grupo poblacional, en razón de su género, proporcionando atención especializada a través de centros penitenciarios exclusivos para mujeres.

Recomendó entre otros aspectos, a los gobernadores de los estados de Puebla, Guerrero, Campeche, San Luis Potosí y Michoacán, realizar acciones para que la entidad respectiva cuente por lo menos con un establecimiento específico para mujeres privadas de la libertad o, en su caso, asignar recursos presupuestales, materiales y humanos que permitan la organización y el funcionamiento independiente de estos centros, desde su titular, que deberá ser mujer, hasta el personal de las áreas jurídica, técnica, médica, administrativa, seguridad y custodia.

También infraestructura y equipamiento para que se garanticen condiciones de estancia digna y segura para ellas y para sus hijas e hijos, en su caso, ya que su atención es un punto sensible a atender, en virtud de la importancia que representa la atención al interés superior de la niñez, principio fundamental reconocido, tanto nacional, como internacionalmente, el cual debe privilegiarse en todo momento sin importar la condición de sus madres.

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