/ martes 15 de diciembre de 2020

Congreso del Estado votará eliminación del fuero

Diputados michoacanos someterá a lectura, discusión y votación el dictamen para reformar los artículos 108 y 111 de la Constitución

En sesión de este martes, el Congreso de Michoacán someterá a lectura, discusión y votación el dictamen para reformar los artículos 108 y 111 de la Constitución en materia de fuero.

El pasado 26 de noviembre el Congreso local recibió de la Cámara de Senadores esta minuta para que sea votada por el congreso local y de ser aprobada por la mayoría absoluta (la mitad más uno) de los congresos estatales se pueda modificarse la Constitución.

Esta iniciativa fue presentada en la Cámara de Diputados, en diciembre de 2018, por el presidente Andrés Manuel López Obrador, la cual fue aprobada en sus términos y mandada al Senado para su revisión en donde también se le dio el visto bueno.

Foto: Fernando Maldonado | El Sol de Morelia

Esta minuta de decreto en materia de fuero, tiene la finalidad de establecer que, durante el tiempo de su encargo el Presidente podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por lo que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano.

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Así mismo, tiene el objetivo de que el titular del Poder Ejecutivo Federal solo sea acusado ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110 constitucional, el cual establece que exista un control legislativo para dar una certeza al proceso, por lo cual será el Senado el cual se inicie el mecanismo para procesar al Presidente de la República, y si es el caso, ponerlo a disposición de las autoridades competentes mediante los procesos penales establecidos.

Foto: Cortesía | Congreso del Estado

Cabe mencionar que la figura del fuero es una inmunidad que se le confiere a determinados servidores públicos para salvaguardarlos de eventuales acusaciones sin fundamento, así como de mantener un equilibrio entre los Poderes; permitiendo con ello un desempeño eficaz de la función pública del servidor, impidiendo el seguimiento de procesos penales que resultan inútiles.

Hay que recordar que el 24 de julio de 2018 se publicó en el Periódico Oficial de Michoacán, un decreto que contiene diversas modificaciones a la Constitución estatal respecto a la eliminación de la declaratoria de procedencia, conocida como fuero.

De dicha reforma, el objetivo fue lograr que el encargo ya sea por elección o designación, quede en posibilidades de ser detenido o preso, sujeto a proceso y juzgado, con motivo de la comisión de conductas delictivas que le sean imputables, quitando el procedimiento especial que se establecía en el Congreso Local.

En sesión de este martes, el Congreso de Michoacán someterá a lectura, discusión y votación el dictamen para reformar los artículos 108 y 111 de la Constitución en materia de fuero.

El pasado 26 de noviembre el Congreso local recibió de la Cámara de Senadores esta minuta para que sea votada por el congreso local y de ser aprobada por la mayoría absoluta (la mitad más uno) de los congresos estatales se pueda modificarse la Constitución.

Esta iniciativa fue presentada en la Cámara de Diputados, en diciembre de 2018, por el presidente Andrés Manuel López Obrador, la cual fue aprobada en sus términos y mandada al Senado para su revisión en donde también se le dio el visto bueno.

Foto: Fernando Maldonado | El Sol de Morelia

Esta minuta de decreto en materia de fuero, tiene la finalidad de establecer que, durante el tiempo de su encargo el Presidente podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por lo que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano.

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Así mismo, tiene el objetivo de que el titular del Poder Ejecutivo Federal solo sea acusado ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110 constitucional, el cual establece que exista un control legislativo para dar una certeza al proceso, por lo cual será el Senado el cual se inicie el mecanismo para procesar al Presidente de la República, y si es el caso, ponerlo a disposición de las autoridades competentes mediante los procesos penales establecidos.

Foto: Cortesía | Congreso del Estado

Cabe mencionar que la figura del fuero es una inmunidad que se le confiere a determinados servidores públicos para salvaguardarlos de eventuales acusaciones sin fundamento, así como de mantener un equilibrio entre los Poderes; permitiendo con ello un desempeño eficaz de la función pública del servidor, impidiendo el seguimiento de procesos penales que resultan inútiles.

Hay que recordar que el 24 de julio de 2018 se publicó en el Periódico Oficial de Michoacán, un decreto que contiene diversas modificaciones a la Constitución estatal respecto a la eliminación de la declaratoria de procedencia, conocida como fuero.

De dicha reforma, el objetivo fue lograr que el encargo ya sea por elección o designación, quede en posibilidades de ser detenido o preso, sujeto a proceso y juzgado, con motivo de la comisión de conductas delictivas que le sean imputables, quitando el procedimiento especial que se establecía en el Congreso Local.

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