Multa de mil pesos por llevar a menores de 5 años en asiento delantero

Según el Reglamento de la Ley de Tránsito Y Vialidad del Estado, niños y niñas con menos de 5 años deben viajar en la parte posterior del vehículo

Iván Ibarra | El Sol de Morelia

  · miércoles 29 de julio de 2020

Foto: SSP Cortesía

Morelia, Michoacán-(OEM-Infomex).- Para fomentar la cultura vial en el estado y crear conciencia acerca de la responsabilidad de los conductores, mediante un comunicado la Secretaría de Seguridad Pública de Michoacán (SSP), exhortó a la población a evitar transportar a niños y niñas con menos de 5 años en los asientos delanteros de los vehículos. Esta acción no solo pone en riesgo la integridad física del menor, sino hace acreedor de una multa de 1,026 pesos al que maneje la unidad.

Foto: Cortesía | SSP

Esta infracción está fundamentada en el artículo 78, fracción V del Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado, donde se especifica que cualquier individuo menor a 5 años deberá viajar en la parte posterior del vehículo. La multa económica es de 10 Unidades de Medida de Actualización (UMAS), lo que se traduce en mil 26 pesos, según lo marca el artículo 98, fracción VI, inciso “D” de la misma ley.

Seguir leyendo: Posponen actividades presenciales previas a inicio de ciclo escolar en Michoacán

La SSP recomienda el uso de asientos especiales de seguridad que pueden instalarse en la parte posterior de los vehículos para lograr transportar a los menores a salvo.