/ lunes 21 de octubre de 2019

Michoacán, a la cabeza en pornografía infantil

De acuerdo a la UNICEF, la explotación sexual de menores de edad ocupa la segunda posición después del narcotráfico en el rango de los negocios más lucrativos del mundo

Morelia, Mich; (OEM-Infomex). En recientes años la pornografía infantil superó al narcotráfico como negocio ilícito en nuestro país y Michoacán continúa a la cabeza de los estados que comercializa este tipo de material a través de una red internacional de pederastas.

De acuerdo a la UNICEF, la explotación sexual de menores de edad ocupa la segunda posición después del narcotráfico en el rango de los negocios más lucrativos del mundo, pero en el caso de México, la pornografía infantil superó al tráfico de drogas según informes del Senado de la República.

En Michoacán, activistas han denunciado que Morelia se convirtió en la sede de la red de pornografía, pederastia y explotación sexual infantil más extensa del país donde las víctimas son pequeños desde los cero hasta los 14 años de edad.

El Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi) reportó que una de cada cuatro niñas y uno de cada seis niños ha sufrido violación sexual en su propio hogar, escuela, ámbito familiar, círculo de amistad, religioso u otros donde la tasa de violación alcanzó los mil 764 casos por cada 100 mil habitantes.

Por referencias como esas es que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), colocó a México en el primer lugar por abuso sexual infantil con 5.4 millones de casos registrados por año.

El informe “Niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia en México” que publicó la Cámara de Diputados de la LXXIV Legislatura del Congreso de la Unión, destaca que en 2016 había 16 entidades del país que estaban por encima del promedio de denuncia por maltrato infantil con una tasa de 24.31 casos por cada 100 mil habitantes.

Mientras que la Fiscalía General de la República señaló en 2017 que la pederastia no estaba tipificada como delito grave en 25 de los 32 estados del país, entre ellos Michoacán, que en días pasados turnó a comisiones de dictamen del Congreso local un proyecto de reforma al Código Penal para incluir esta práctica en el catálogo de delitos.

Propiamente la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia Contra las Mujeres y Trata de Personas centralizó información que detalla que los estados con la menor incidencia de delitos por indagatorias de pornografía infantil son Michoacán, Chiapas, Nayarit, Campeche, Colima, Tlaxcala, Zacatecas y Baja California Sur que no tiene un registro y Durango solo uno.

Situación que secundó el diputado local por el Partido del Trabajo y promotor de la iniciativa de reforma al Código Penal de Michoacán, Baltazar Gaona García, al señalar que la entidad carece de información precisa respecto al número de procedimientos judicializados por práctica de pederastia.


Notas periodísticas refieren que en 2018, la Policía Federal detuvo en Morelia a un integrante de la red internacional de pornografía infantil que distribuía material en Bélgica y Australia; además que la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado hoy Fiscalía General del Estado, obtuvo de un juez sentencia condenatoria de 16 años y seis meses de prisión contra un hombre responsable de secuestro, violación y explotación sexual infantil en el municipio de Tarímbaro.

En lo que va del año también se han denunciado en Michoacán tres casos de abuso y violación sexual de sacerdotes a niñas donde las autoridades eclesiásticas han manifestado seguir procedimientos correspondientes en las instancias de justicia para castigar a los responsables.

Según el informe del Senado de la República, en México son explotados sexualmente entre 80 y 85 mil niñas y niños por año, mientras que activistas en defensa de los derechos humanos mencionan que el comercio infantil varía entre 700 y hasta siete mil dólares por menor de edad dependiendo del tiempo que permanezca con el “comprador” o de otras características.

En la normatividad vigente de Michoacán, la violación sexual a niños y niñas se castiga con diez a 30 años de prisión según los artículos 164 y 165 del Código Penal, cuando se trata de abuso sexual se sanciona con dos y hasta cinco años de cárcel según establece el artículo 167. Ambos delitos son agravantes cuando se cometen por familiares, tutores, padres o madres, o cualquiera que tenga en custodia, guarda o educación del menor de edad.

Con la propuesta de reforma se pretende incluir el artículo 163Bis para que se tipifique y castigue la pederastia a quien cometa este delito en menores de 18 años de edad aprovechándose de su confianza o superioridad derivada de parentesco, tutela, relación docente, religiosa, laboral, médica, cultural, doméstica o de cualquier índole.

La pena que se expone es de hasta 18 años de prisión y una multa de 750 a 2 mil 850 el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), además de que en caso de violencia física la sanción aumentará el doble y se perderá la patria potestad en quienes tengan tutela, curatela, adopción y el derecho de bienes de la víctima.

También incluye la pena de inhabilitación, destitución y suspensión de empleo o profesión de cualquier servidor o profesionista que en ejercicio de sus funciones, cometa el delito contra un menor de edad.


Morelia, Mich; (OEM-Infomex). En recientes años la pornografía infantil superó al narcotráfico como negocio ilícito en nuestro país y Michoacán continúa a la cabeza de los estados que comercializa este tipo de material a través de una red internacional de pederastas.

De acuerdo a la UNICEF, la explotación sexual de menores de edad ocupa la segunda posición después del narcotráfico en el rango de los negocios más lucrativos del mundo, pero en el caso de México, la pornografía infantil superó al tráfico de drogas según informes del Senado de la República.

En Michoacán, activistas han denunciado que Morelia se convirtió en la sede de la red de pornografía, pederastia y explotación sexual infantil más extensa del país donde las víctimas son pequeños desde los cero hasta los 14 años de edad.

El Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi) reportó que una de cada cuatro niñas y uno de cada seis niños ha sufrido violación sexual en su propio hogar, escuela, ámbito familiar, círculo de amistad, religioso u otros donde la tasa de violación alcanzó los mil 764 casos por cada 100 mil habitantes.

Por referencias como esas es que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), colocó a México en el primer lugar por abuso sexual infantil con 5.4 millones de casos registrados por año.

El informe “Niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia en México” que publicó la Cámara de Diputados de la LXXIV Legislatura del Congreso de la Unión, destaca que en 2016 había 16 entidades del país que estaban por encima del promedio de denuncia por maltrato infantil con una tasa de 24.31 casos por cada 100 mil habitantes.

Mientras que la Fiscalía General de la República señaló en 2017 que la pederastia no estaba tipificada como delito grave en 25 de los 32 estados del país, entre ellos Michoacán, que en días pasados turnó a comisiones de dictamen del Congreso local un proyecto de reforma al Código Penal para incluir esta práctica en el catálogo de delitos.

Propiamente la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia Contra las Mujeres y Trata de Personas centralizó información que detalla que los estados con la menor incidencia de delitos por indagatorias de pornografía infantil son Michoacán, Chiapas, Nayarit, Campeche, Colima, Tlaxcala, Zacatecas y Baja California Sur que no tiene un registro y Durango solo uno.

Situación que secundó el diputado local por el Partido del Trabajo y promotor de la iniciativa de reforma al Código Penal de Michoacán, Baltazar Gaona García, al señalar que la entidad carece de información precisa respecto al número de procedimientos judicializados por práctica de pederastia.


Notas periodísticas refieren que en 2018, la Policía Federal detuvo en Morelia a un integrante de la red internacional de pornografía infantil que distribuía material en Bélgica y Australia; además que la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado hoy Fiscalía General del Estado, obtuvo de un juez sentencia condenatoria de 16 años y seis meses de prisión contra un hombre responsable de secuestro, violación y explotación sexual infantil en el municipio de Tarímbaro.

En lo que va del año también se han denunciado en Michoacán tres casos de abuso y violación sexual de sacerdotes a niñas donde las autoridades eclesiásticas han manifestado seguir procedimientos correspondientes en las instancias de justicia para castigar a los responsables.

Según el informe del Senado de la República, en México son explotados sexualmente entre 80 y 85 mil niñas y niños por año, mientras que activistas en defensa de los derechos humanos mencionan que el comercio infantil varía entre 700 y hasta siete mil dólares por menor de edad dependiendo del tiempo que permanezca con el “comprador” o de otras características.

En la normatividad vigente de Michoacán, la violación sexual a niños y niñas se castiga con diez a 30 años de prisión según los artículos 164 y 165 del Código Penal, cuando se trata de abuso sexual se sanciona con dos y hasta cinco años de cárcel según establece el artículo 167. Ambos delitos son agravantes cuando se cometen por familiares, tutores, padres o madres, o cualquiera que tenga en custodia, guarda o educación del menor de edad.

Con la propuesta de reforma se pretende incluir el artículo 163Bis para que se tipifique y castigue la pederastia a quien cometa este delito en menores de 18 años de edad aprovechándose de su confianza o superioridad derivada de parentesco, tutela, relación docente, religiosa, laboral, médica, cultural, doméstica o de cualquier índole.

La pena que se expone es de hasta 18 años de prisión y una multa de 750 a 2 mil 850 el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), además de que en caso de violencia física la sanción aumentará el doble y se perderá la patria potestad en quienes tengan tutela, curatela, adopción y el derecho de bienes de la víctima.

También incluye la pena de inhabilitación, destitución y suspensión de empleo o profesión de cualquier servidor o profesionista que en ejercicio de sus funciones, cometa el delito contra un menor de edad.


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