/ domingo 20 de junio de 2021

Carlos Herrera vulnera derechos de niñez: TEEM

El excandidato será amonestado públicamente por un video donde se le observa bailar con 3 menores en un mitin de campaña

Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- Un video en el que se observa al excandidato a la gubernatura, Carlos Herrera Tello, bailar con tres menores de edad en un templete luego de celebrar un mitin, vulnera el interés superior de la niñez, coincidieron los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), por lo que será amonestado públicamente.

De acuerdo con el resolutivo TEEM-PES-053/2021, la queja interpuesta por Morena en contra del exsecretario de Gobierno y los partidos Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD) y Acción Nacional (PAN) así como los medios de comunicación Quadratín y Changoonga, fue considerada como existente.

Foto: Iván Arias | El Sol de Morelia

En sesión pública, los integrantes del órgano electoral argumentaron que la participación de tres niñas en un acto de campaña, al bailar con el entonces candidato en el escenario principal de un mitin celebrado en Tepalcatepec el pasado 6 de mayo y su difusión en esos portales digitales, amerita una amonestación pública para Herrera Tello.

Además, se ordena a los medios de comunicación señalados a que, en un plazo de 24 horas a partir de la notificación de la sentencia, editen dicho video con el fin de difuminar de forma definitiva las imágenes de las menores que allí aparecen.

Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- Un video en el que se observa al excandidato a la gubernatura, Carlos Herrera Tello, bailar con tres menores de edad en un templete luego de celebrar un mitin, vulnera el interés superior de la niñez, coincidieron los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), por lo que será amonestado públicamente.

De acuerdo con el resolutivo TEEM-PES-053/2021, la queja interpuesta por Morena en contra del exsecretario de Gobierno y los partidos Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD) y Acción Nacional (PAN) así como los medios de comunicación Quadratín y Changoonga, fue considerada como existente.

Foto: Iván Arias | El Sol de Morelia

En sesión pública, los integrantes del órgano electoral argumentaron que la participación de tres niñas en un acto de campaña, al bailar con el entonces candidato en el escenario principal de un mitin celebrado en Tepalcatepec el pasado 6 de mayo y su difusión en esos portales digitales, amerita una amonestación pública para Herrera Tello.

Además, se ordena a los medios de comunicación señalados a que, en un plazo de 24 horas a partir de la notificación de la sentencia, editen dicho video con el fin de difuminar de forma definitiva las imágenes de las menores que allí aparecen.

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