/ lunes 1 de abril de 2019

La reforma a la Reforma Educativa

La Reforma Educativa de 2013 se convertirá en 2019 en una bien llamada reforma que contiene lo laboral, aún no se aprueba. La reforma que reforma a la “mal llamada Reforma Educativa”, tiene la intervención con decisión a impedirlo por la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación; ésta bloqueó los accesos a las cámaras de Diputados y Senadores con la insistencia en que se elimine cualquier contenido que sea punitivo.

El Proyecto de Decreto de Reforma Educativa en la Cuarta Transformación tiene la condición de no afectar la permanencia de los maestros en servicio; abroga la Ley General del Servicio Profesional Docente y se derogan las disposiciones contrarias. -Se entiende por “abrogar” a privar totalmente de la vigencia de esta ley y por “derogar” al acto jurídico a través del cual pierden su vigencia algunas de las disposiciones contenidas en la Ley-, lo mismo de todo acto que esté vinculado a la no permanencia de los maestros, la deja sin efectos; incluye sobre el respeto de los derechos adquiridos, éstos no podrán ser restringidos o afectados de manera retroactiva; se abroga la Ley del INEE y se derogan todas las disposiciones de carácter general contrarias; en un plazo de 120 días se expedirán las leyes del Instituto Nacional de Mejora Continua de la Educación y la Ley General del Sistema para la Carrera a partir de la publicación del Decreto, una vez aprobado.

Esto fue insuficiente para que se aceptara, ya que afectaba intereses de algunos acusadores o de ciertos poderes, denotando las acciones de diputados federales oaxaqueños, emanados de la CNTE e integrantes del partido Morena, de ellos la CNTE se ha deslindado, señalando que nadie tiene la autoridad de hablar en su nombre en la Legislatura.

En sus peticiones respaldan la demanda magisterial para que se consagre de manera clara y explícita que los trabajadores de la educación básica se rigen por lo dispuesto en el Apartado B) del Artículo 123 de la Constitución y su ley reglamentaria, a fin de no tener un régimen laboral excepcional, proponen que se incorpore en el texto del dictamen con la relación jurídica de los trabajadores de la educación, sea conforme al Apartado B) del Artículo 123 constitucional y su ley reglamentaria.

Los maestros por estar considerados trabajadores al servicio del Estado, deben cumplir sus obligaciones y ejercer sus derechos, si hacen lo contrario, van en contra de los principios de igualdad jurídica, irretroactividad y progresividad de las normas de acuerdo al marco constitucional y las convenciones internacionales.

Lo determinado en el Apartado B) del Artículo123 constitucional y su ley reglamentaria, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, contraviene lo establecido en el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo, se oponen también a la política en materia laboral de la actual administración, también a la Reforma Educativa 2019 como referencia al contenido relativo al escalafón para efectuar las promociones de ascenso; los concursos para ocupar 50% de las plazas vacantes y/o de nueva creación: la facultad del Sindicato sobre el resto, el otro 50 %para ocuparlas por los candidatos que proponga; el carácter unitario y nacional del SNTE; o que ningún trabajador pueda ser cesado más que por renuncia, por muerte, incapacidad permanente o por resolución del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, con un marcado influyentismo para designar a quienes ocuparán sus plazas y a los que promoverán a puestos directivos.

El ejercicio del poder político del SNTE a través de conductas como el nepotismo, amiguismo, compadrazgo, a lo que se oponía la Reforma Educativa de 2013 la “mal llamada”, cuando menciona que la función magisterial tiene características que le brindan identidad propia y que la distinguen del resto de los servidores públicos, sin embargo en la actualidad no existe base constitucional para establecer legislación diferenciada para el personal de educación pública respecto a los demás trabajadores de la educación. Desde esta perspectiva se modificó el artículo 73 para facultar al Congreso federal a establecer el similar o sustituto comoServicio Profesional Docente.

La “bien llamada Reforma Educativa”contempla modificar el artículo 73 para crear el Sistema de Carrera. Los diputados federales oaxaqueños se oponen a lo que ellos llaman “régimen laboral excepcional”. La reforma de 2013 y la reforma de esa reforma coinciden respecto al ingreso y a los ascensos laborales para promoverse en el servicio educativo un mecanismo distinto al escalafón.

Lo que está en el fondo es lo laboral, no lo educativo, aunque fingidamente se diga lo contrario y la mal llamada Reforma Educativa se convertirá en la bien llamada reforma laboral.Pero hasta este momento la reforma a la reforma de 2013 aún está en suspenso.(--)

La Reforma Educativa de 2013 se convertirá en 2019 en una bien llamada reforma que contiene lo laboral, aún no se aprueba. La reforma que reforma a la “mal llamada Reforma Educativa”, tiene la intervención con decisión a impedirlo por la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación; ésta bloqueó los accesos a las cámaras de Diputados y Senadores con la insistencia en que se elimine cualquier contenido que sea punitivo.

El Proyecto de Decreto de Reforma Educativa en la Cuarta Transformación tiene la condición de no afectar la permanencia de los maestros en servicio; abroga la Ley General del Servicio Profesional Docente y se derogan las disposiciones contrarias. -Se entiende por “abrogar” a privar totalmente de la vigencia de esta ley y por “derogar” al acto jurídico a través del cual pierden su vigencia algunas de las disposiciones contenidas en la Ley-, lo mismo de todo acto que esté vinculado a la no permanencia de los maestros, la deja sin efectos; incluye sobre el respeto de los derechos adquiridos, éstos no podrán ser restringidos o afectados de manera retroactiva; se abroga la Ley del INEE y se derogan todas las disposiciones de carácter general contrarias; en un plazo de 120 días se expedirán las leyes del Instituto Nacional de Mejora Continua de la Educación y la Ley General del Sistema para la Carrera a partir de la publicación del Decreto, una vez aprobado.

Esto fue insuficiente para que se aceptara, ya que afectaba intereses de algunos acusadores o de ciertos poderes, denotando las acciones de diputados federales oaxaqueños, emanados de la CNTE e integrantes del partido Morena, de ellos la CNTE se ha deslindado, señalando que nadie tiene la autoridad de hablar en su nombre en la Legislatura.

En sus peticiones respaldan la demanda magisterial para que se consagre de manera clara y explícita que los trabajadores de la educación básica se rigen por lo dispuesto en el Apartado B) del Artículo 123 de la Constitución y su ley reglamentaria, a fin de no tener un régimen laboral excepcional, proponen que se incorpore en el texto del dictamen con la relación jurídica de los trabajadores de la educación, sea conforme al Apartado B) del Artículo 123 constitucional y su ley reglamentaria.

Los maestros por estar considerados trabajadores al servicio del Estado, deben cumplir sus obligaciones y ejercer sus derechos, si hacen lo contrario, van en contra de los principios de igualdad jurídica, irretroactividad y progresividad de las normas de acuerdo al marco constitucional y las convenciones internacionales.

Lo determinado en el Apartado B) del Artículo123 constitucional y su ley reglamentaria, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, contraviene lo establecido en el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo, se oponen también a la política en materia laboral de la actual administración, también a la Reforma Educativa 2019 como referencia al contenido relativo al escalafón para efectuar las promociones de ascenso; los concursos para ocupar 50% de las plazas vacantes y/o de nueva creación: la facultad del Sindicato sobre el resto, el otro 50 %para ocuparlas por los candidatos que proponga; el carácter unitario y nacional del SNTE; o que ningún trabajador pueda ser cesado más que por renuncia, por muerte, incapacidad permanente o por resolución del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, con un marcado influyentismo para designar a quienes ocuparán sus plazas y a los que promoverán a puestos directivos.

El ejercicio del poder político del SNTE a través de conductas como el nepotismo, amiguismo, compadrazgo, a lo que se oponía la Reforma Educativa de 2013 la “mal llamada”, cuando menciona que la función magisterial tiene características que le brindan identidad propia y que la distinguen del resto de los servidores públicos, sin embargo en la actualidad no existe base constitucional para establecer legislación diferenciada para el personal de educación pública respecto a los demás trabajadores de la educación. Desde esta perspectiva se modificó el artículo 73 para facultar al Congreso federal a establecer el similar o sustituto comoServicio Profesional Docente.

La “bien llamada Reforma Educativa”contempla modificar el artículo 73 para crear el Sistema de Carrera. Los diputados federales oaxaqueños se oponen a lo que ellos llaman “régimen laboral excepcional”. La reforma de 2013 y la reforma de esa reforma coinciden respecto al ingreso y a los ascensos laborales para promoverse en el servicio educativo un mecanismo distinto al escalafón.

Lo que está en el fondo es lo laboral, no lo educativo, aunque fingidamente se diga lo contrario y la mal llamada Reforma Educativa se convertirá en la bien llamada reforma laboral.Pero hasta este momento la reforma a la reforma de 2013 aún está en suspenso.(--)