/ miércoles 20 de febrero de 2019

CON LA FUERZA DE LA RAZÓN

El imaginario colectivo ha llamado reforma educativa a todo aquel cambio que modificó lo que se había venido haciendo en el sistema educativo nacional con anterioridad al 12 de septiembre de 2013, sin especificar qué proceso en particular.

Con la finalidad de entendernos, la seguiremos llamando así, porque lo que en realidad pasó fue una reforma a los artículos 3 y 73 constitucionales, y derivado de ahí, se crearon dos leyes secundarias y la reforma a la Ley General de Educación, lo correcto fuera entonces determinar a qué parte y a cuál proceso nos estamos refiriendo cuando hablamos de hacer cambios, derogaciones o ajustes a la norma existente en vigor.

El pasado 12 de diciembre de 2018,el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, envió al Congreso de la Unión una iniciativa con proyecto de decreto para reformar nuevamente los artículos 3, 73 y además el artículo 31. Con lo que tenemos de evidencia, no podemos afirmar que se derogará la anterior Reforma Educativa por más que se repita para el contento popular o porque forme parte de una promesa de campaña.Lo que estamos viendo es que únicamente se le harán algunos ajustes a lo que ya existe, se cambiarán algunas partes por otras que harán una función parecida ala anterior, pero con diferente nombre u estructura, en términos coloquiales podríamos decir que están revolcando la gata. Para llevar a cabo el proceso legislativo que contempla la iniciativa con proyecto de decreto enviada alCongreso de la Unión, tendrán que darse varios pasos que implican tiempos que es necesario dejar correr. Uno de esos pasos incluye la discusión y el debate legislativo, donde el proyecto enviado puede sufrir cambios sustanciales,debido a eso lo mejor es esperar a que ese paso sea dado y discutir el contenido de lo que salga aprobado y que sea publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Hasta el momento, la iniciativa con proyecto de decreto enviado por el Ejecutivo federal ha dado la pauta para que se queden vivos los proceso de evaluación para el ingreso, la promoción y para los reconocimientos, éstos seguirán dándose por examen de oposición, por esto digo que no habrá “abrogación” como tal, el INEE, aún vigente, y que posiblemente en un futuro cercano cambie de nombre, de estructura y de funcionarios que lo dirijan, ya emitió el calendario de evaluaciones para los procesos arriba descritos durante el ciclo escolar 2019-2020; de dicho calendario se desprende que la convocatoria para llevar a cabo la evaluación para el ingreso en educación básica, se publicará en la página del Servicio ProfesionalDocente el día 11 de marzo de 2019; de igual forma, la convocatoria para la evaluación para el ingreso en educación media superior se publicará en la misma página el día 4 de marzo del año en curso.

Las aplicaciones de los exámenes para el ingreso en educación básica se harán en el periodo que comprende del 18de mayo al 2 de junio de 2019 y en educación media superior se aplicará los días 11 y 12 de mayo del año en curso.

Para la celebración de los concursos de promoción, el calendario señala el día 25 de febrero de 2019 para la emisión de la convocatoria en educación básica y el 1 de marzo del mismo año para educación media superior. La aplicación de los exámenes será los días 4 y5 de mayo de 2019 en educación básica y los días 11 y 12 de mayo del año en curso para educación media superior.

Por la deducción obtenida del análisis del calendario de evaluaciones emitido por el INEE y de la iniciativa con proyecto de reforma enviada por el Ejecutivo al Congreso de la Unión,podríamos decir que los procesos que se modificarán o incluso algunos podrían ser eliminados, son las evaluaciones del desempeño docente para los maestros en servicio y las evaluaciones diagnósticas y de permanencia para el personal idóneo o de nuevo ingreso. Al respecto, el artículo séptimo transitorio de la iniciativa enviada al Congreso de la Unión para ser discutida señala: “Mientras la legislación secundaria no establezca los criterios y parámetros de verificación de resultados aplicables a las distintas actividades desarrolladas en el ámbito educativo del país, quedará suspendida cualquier forma de evaluación a los maestros, así como cualquier efecto sobre la permanencia en el empleo que derive de evaluaciones realizadas con anterioridad”.

Por lo anterior, la situación del personal idóneo que se encuentra en periodo de inducción está en pausa en espera de los criterios a seguir derivados de la nueva legislación educativa,lo que puede ser que suceda en el mes de abril del año en curso. La evaluación del desempeño que se ha venido aplicando a los maestros en servicio, ya se ha dicho que quedará únicamente como evaluación diagnóstica, pero se continuará evaluando. (F)

El imaginario colectivo ha llamado reforma educativa a todo aquel cambio que modificó lo que se había venido haciendo en el sistema educativo nacional con anterioridad al 12 de septiembre de 2013, sin especificar qué proceso en particular.

Con la finalidad de entendernos, la seguiremos llamando así, porque lo que en realidad pasó fue una reforma a los artículos 3 y 73 constitucionales, y derivado de ahí, se crearon dos leyes secundarias y la reforma a la Ley General de Educación, lo correcto fuera entonces determinar a qué parte y a cuál proceso nos estamos refiriendo cuando hablamos de hacer cambios, derogaciones o ajustes a la norma existente en vigor.

El pasado 12 de diciembre de 2018,el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, envió al Congreso de la Unión una iniciativa con proyecto de decreto para reformar nuevamente los artículos 3, 73 y además el artículo 31. Con lo que tenemos de evidencia, no podemos afirmar que se derogará la anterior Reforma Educativa por más que se repita para el contento popular o porque forme parte de una promesa de campaña.Lo que estamos viendo es que únicamente se le harán algunos ajustes a lo que ya existe, se cambiarán algunas partes por otras que harán una función parecida ala anterior, pero con diferente nombre u estructura, en términos coloquiales podríamos decir que están revolcando la gata. Para llevar a cabo el proceso legislativo que contempla la iniciativa con proyecto de decreto enviada alCongreso de la Unión, tendrán que darse varios pasos que implican tiempos que es necesario dejar correr. Uno de esos pasos incluye la discusión y el debate legislativo, donde el proyecto enviado puede sufrir cambios sustanciales,debido a eso lo mejor es esperar a que ese paso sea dado y discutir el contenido de lo que salga aprobado y que sea publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Hasta el momento, la iniciativa con proyecto de decreto enviado por el Ejecutivo federal ha dado la pauta para que se queden vivos los proceso de evaluación para el ingreso, la promoción y para los reconocimientos, éstos seguirán dándose por examen de oposición, por esto digo que no habrá “abrogación” como tal, el INEE, aún vigente, y que posiblemente en un futuro cercano cambie de nombre, de estructura y de funcionarios que lo dirijan, ya emitió el calendario de evaluaciones para los procesos arriba descritos durante el ciclo escolar 2019-2020; de dicho calendario se desprende que la convocatoria para llevar a cabo la evaluación para el ingreso en educación básica, se publicará en la página del Servicio ProfesionalDocente el día 11 de marzo de 2019; de igual forma, la convocatoria para la evaluación para el ingreso en educación media superior se publicará en la misma página el día 4 de marzo del año en curso.

Las aplicaciones de los exámenes para el ingreso en educación básica se harán en el periodo que comprende del 18de mayo al 2 de junio de 2019 y en educación media superior se aplicará los días 11 y 12 de mayo del año en curso.

Para la celebración de los concursos de promoción, el calendario señala el día 25 de febrero de 2019 para la emisión de la convocatoria en educación básica y el 1 de marzo del mismo año para educación media superior. La aplicación de los exámenes será los días 4 y5 de mayo de 2019 en educación básica y los días 11 y 12 de mayo del año en curso para educación media superior.

Por la deducción obtenida del análisis del calendario de evaluaciones emitido por el INEE y de la iniciativa con proyecto de reforma enviada por el Ejecutivo al Congreso de la Unión,podríamos decir que los procesos que se modificarán o incluso algunos podrían ser eliminados, son las evaluaciones del desempeño docente para los maestros en servicio y las evaluaciones diagnósticas y de permanencia para el personal idóneo o de nuevo ingreso. Al respecto, el artículo séptimo transitorio de la iniciativa enviada al Congreso de la Unión para ser discutida señala: “Mientras la legislación secundaria no establezca los criterios y parámetros de verificación de resultados aplicables a las distintas actividades desarrolladas en el ámbito educativo del país, quedará suspendida cualquier forma de evaluación a los maestros, así como cualquier efecto sobre la permanencia en el empleo que derive de evaluaciones realizadas con anterioridad”.

Por lo anterior, la situación del personal idóneo que se encuentra en periodo de inducción está en pausa en espera de los criterios a seguir derivados de la nueva legislación educativa,lo que puede ser que suceda en el mes de abril del año en curso. La evaluación del desempeño que se ha venido aplicando a los maestros en servicio, ya se ha dicho que quedará únicamente como evaluación diagnóstica, pero se continuará evaluando. (F)

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